El reciente fallo del Tribunal Constitucional referido al proceso judicial por el combate del 19 de junio de 1986, en la isla penal El Frontón, confirma sin margen de dudas que carece de base jurídica la pretensión de la izquierda y sus ONG para que se juzgue los delitos cometidos por las fuerzas que defendieron a la democracia en la guerra contra el terrorismo como crímenes de lesa humanidad imprescriptibles.
La sentencia anula la resolución del 4º Juzgado Penal Supraprovincial -que abrió instrucción a 23 marinos por dicho caso- porque el juez incumplió la exigencia constitucional de motivar su fallo conforme a lo establecido por la ley, vulnerando así el “derecho a la motivación de las resoluciones judiciales conexo al derecho a la libertad individual”. Sigue leyendo